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viernes, 14 de mayo de 2010

Confirman un fallo que suspende un artículo de la ley de medios

Es el que establece el plazo de un año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación. La Cámara Civil y Comercial federal ratificó un fallo del juez Carbone, que había dictado una medida cautelar en diciembre. La Cámara Civil y Comercial Federal ratificó un fallo del juez Edmundo Carbone que, en diciembre del año pasado, dictó una medida cautelar y frenó la aplicación del artículo 161 de la ley de medios que establece el plazo de un año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación.

Sin embargo, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación que había presentado el Estado nacional y revocó la suspensión del otro artículo (el 41) que había dispuesto Carbone y que se refiere a la transferencia de licencias.

Según indicó el tribunal, el artículo 41, por una parte, impide la libre disposición de las licencias y autorizaciones –sin definir el ámbito temporal de aplicación de esta regla-, estableciendo excepciones que requieren previa autorización y que comprenden las transferencias resultantes del desprendimiento de activos. Por otra parte, obliga a los titulares a transferir las licencias que hoy explotan en tanto excedan los límites del nuevo régimen legal, y ello debe suceder en el plazo de un año y bajo apercibimiento de sanciones.

Sin embargo, la sala I resaltó que "la aplicación conjunta a la parte actora (el Grupo Clarín) de los artículos 41 y 161 de la ley 26.522 importan consecuencias que modifican de modo sustancial las reglas de juego a las cuales tales empresas habrían ajustado su comportamiento y realizado sus inversiones, con afectación de derechos subjetivos adquiridos al amparo de la legislación vigente al tiempo del otorgamiento de las licencias y autorizaciones, o de su prórroga, o de la suspensión de los términos que estuvieran transcurriendo (art. 1° del decreto 527/05)".

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