Es el que establece el plazo de un año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación. La Cámara Civil y Comercial federal ratificó un fallo del juez Carbone, que había dictado una medida cautelar en diciembre. La Cámara Civil y Comercial Federal ratificó un fallo del juez Edmundo Carbone que, en diciembre del año pasado, dictó una medida cautelar y frenó la aplicación del artículo 161 de la ley de medios que establece el plazo de un año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación.
Sin embargo, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación que había presentado el Estado nacional y revocó la suspensión del otro artículo (el 41) que había dispuesto Carbone y que se refiere a la transferencia de licencias.
Según indicó el tribunal, el artículo 41, por una parte, impide la libre disposición de las licencias y autorizaciones –sin definir el ámbito temporal de aplicación de esta regla-, estableciendo excepciones que requieren previa autorización y que comprenden las transferencias resultantes del desprendimiento de activos. Por otra parte, obliga a los titulares a transferir las licencias que hoy explotan en tanto excedan los límites del nuevo régimen legal, y ello debe suceder en el plazo de un año y bajo apercibimiento de sanciones.
Sin embargo, la sala I resaltó que "la aplicación conjunta a la parte actora (el Grupo Clarín) de los artículos 41 y 161 de la ley 26.522 importan consecuencias que modifican de modo sustancial las reglas de juego a las cuales tales empresas habrían ajustado su comportamiento y realizado sus inversiones, con afectación de derechos subjetivos adquiridos al amparo de la legislación vigente al tiempo del otorgamiento de las licencias y autorizaciones, o de su prórroga, o de la suspensión de los términos que estuvieran transcurriendo (art. 1° del decreto 527/05)".
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